No. Nuestro servicio para los candidatos es gratuito.
La retribución es la que marca el convenio de la empresa usuaria donde se presta servicio. No existen descuentos al trabajador sobre este salario.
Se percibe la prestación económica por incapacidad temporal. En el Régimen General de la Seguridad Social consistirá en un subsidio diario equivalente a un tanto por ciento sobre la base reguladora. Siempre que cumplan determinados requisitos.
Requisitos; Enfermedad común: estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta y tener cubierto un periodo de cotización de 180 días en los 5 años anteriores.
Como norma general, la base reguladora es el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la incapacidad por el número de días a que dicha cotización se refiere, es decir, 30, si el trabajador tiene salario mensual; 30, 31, 28 ó 29 si tiene salario diario.
Por lo que respecta al porcentaje aplicable, para las mismas situaciones, será del 60% desde el día 4º de la baja hasta el 20 inclusive y del 75% desde el día 21 en adelante.
En caso de accidente laboral la cuantía a abonar es del 75% de la base de cotización del mes anterior desde el primer día del accidente. Este porcentaje es el que por ley se establece como mínimo.
Según el art. 43 del IV Convenio de Empresas de Trabajo Temporal, los trabajadores que deseen resolver voluntariamente su contrato con anterioridad a su vencimiento, habrán de ponerlo por escrito en conocimiento de su empresa con la antelación mínima siguiente:
Licencias y permisos.
Los trabajadores, previo aviso y justificación, tienen derecho a los siguientes permisos retribuidos:
Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio de sufragio activo.
Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación de trabajo debida en más de un 20 por 100 de las horas laborales durante un período de tres meses, la empresa podrá pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia forzosa con derecho a la reintegración en el puesto de trabajo una vez finalizada la obligación del cumplimiento del deber.
Si el trabajador recibiera remuneración económica en el cumplimiento del deber o desempeño del cargo, se descontará el importe de la misma de la que tuviera derecho en la empresa.